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La  RFEV nos sigue tomando el pelo al incumplir una y otra vez  la Ley de Transparencia

La RFEV nos sigue tomando el pelo al incumplir una y otra vez la Ley de Transparencia ante la inacción e impasibilidad del CSD que no aplica el Código de Buen Gobierno exigible a todas las FFEE

¿Por qué se sigue protegiendo por el CSD a la RFEV, no aplicando lo establecido en el Código de Buen Gobierno a las FFEE ante el incumplimiento de la Ley de Transparencia? ¿Es que no se entera, o es que no quiere enterarse?

La publicación en la web de la Española de la información que en ella cuelga, no lo hace por capricho de la misma en su afán de transparencia (¿?), que no lo tiene, sino que lo hace al estar obligada por Ley al recibir más de 100.000 € al año de dinero público.

Resultando un insulto a la inteligencia, y una tomadura de pelo al CSD, (que lo permite a pesar del Código de Buen Gobierno por el que obliga a las FFEE), el cómo se lleva la transparencia en la RFEV.

AQUÍ EL OFICIO DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA DEL 20.06.2016 sobre la denuncia presentada por el incumplimiento de la Ley de Transparencia en la RFEV:”(…)Sin embargo existen cuestiones que gracias a sus indicaciones se podía conocer que estaba ausentes en la misma y por dicha razón se le recordó a la RFEV la necesidad de proceder a su publicación para cumplir así con lo dispuesto por la Ley.(…)”

En aquel momento el Consejo de Transparencia instó a la RFEV a que incorporara en la página, entre otras cosas, la siguiente información:

"Indemnizaciones recibidas por los máximos responsables de la RFEV con ocasión del abandono del cargo, como por ejemplo el Director del Centro especializado de Alto Rendimiento (CEAR), que en los meses pasados ha abandonado su cargo.”

¡Lo que, pasando del Consejo de Transparencia, jamás ha sido publicado¡

Lo más sorprendente, es que siendo el CSD un órgano supervisor de las FFEE y que tiene publicado en el BOE el Código de Buen Gobierno de las Mismas, en el que en su introducción indica sobre él: “como un instrumento eficaz y necesario que contribuye a una mayor transparencia en la gestión de las mismas, en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de aplicación a las Federaciones Deportivas Españolas en virtud de lo establecido en su artículo 4, apartado 3, letra b).

La elaboración de este Código de Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas, puede ayudar a alcanzar una mayor integración de la organización federativa en la sociedad, y aumentar la transparencia sobre su actuación y en particular sobre la gestión del dinero público que reciben.”

Hasta ahora, esta indicación del Código ha sido papel mojado, al menos en lo que se refiere al cumplimento de lo establecido en él con respecto al incumplimiento por parte de la RFEV de la Ley de Transparencia, de la que la española se limita a hacer un paripé de la misma con lo que publica, mientras esto sucede, el CSD no ha tomado ninguna acción sobre la RFEV ante el reiterado incumplimiento por esta de la citada ley

transp

A día de hoy en el enlace de Transparencia de la RFEV existen los siguientes incumplimientos:

En el enlace De la Ley de Trasparecía de la RFEV correspondiente a la Normativa Aplicable no figura el Real Decreto 1835/1991 de 20 de diciembre, de federaciones deportivas Españolas, ni los Estatutos ni Reglamentos de la RFEV, ni la orden ECI/3567/2007 de 4 de diciembre, por el que se regulan los procesos electorales en las Federaciones Deportivas Españolas.

No existe en la página enlace conteniendo ningún Contrato.

No existe en la página ningún enlace que indique las Funciones de la RFEV.

En el enlace de Convenios, en el documento entregado por el CSD a las FFEE hace constar que se publique la relación de los convenios, con la especificación en cada uno de ellos de: las Partes firmantes, de su Objeto y duración, de las Modificaciones que se pudiesen producir, de la Partes Obligadas, de la Obligaciones económicas convenidas, de las Subcontrataciones(adjudicatarios, procedimiento seguido en importe de las mismas): en la plagian los ultimas convenios publicados son los del 2017 sin especificare en ellos lo requerido por el CSD.

En el enlace de Subvenciones y Ayudas Públicas el último publicado es de fecha 14.02.2022, en el que se publican las subvenciones de explotación a 31.12.2019 y 31.12.202.

En el enlace de Presupuestos, lo último publicado es del 19.12.2019, conteniendo los presupuestos del 2019, faltando el estado de ejecución trimestral.

En el enlace Retribuciones Altos cargos, en la página de la RFEV lo último publicado es de fecha 08.02.2022, en la que no se recoge la retribuciones anuales (en metálico y en especias) de los altos cargos y máximos responsables de la del Entidad (Presidente, Secretario General, Gerente, Tesorero, Director Técnico y miembros de órganos que perciban retribuciones) como indica el documento del CSD.

E n la página de: distribución de Ingresos Detallados, los últimos publicados son de fecha 16.12.2019

En la memoria Anual Deportiva; la última publicada es de fecha 01.03. 2016.

En el apartado de Distribución de Ingresos Detallado, el último publicado es de fecha 16.12.2019.

En el apartado Endeudamiento de la Federación Deudas totales de la Federación/Ingresos totales, el último publicado es de fecha 12.11.2018.

En el apartado Detalle de los Gastos Relevantes de la Federación por Retribuciones, Dietas y Gastos o Cargas Sociales, el último publicado es del 08.11.2018.

En el enlace de Endeudamiento Desglosado de la Federación, el último publicado es de fecha 08.11.2018.

Lo curioso de este cumplimiento (mejor dicho incumplimiento) que obliga a las FFEE a acatar la Ley de Transparencia que entró en vigor en 2015, es que, el CSD ante la inminente entrada en vigor, el día 19 de diciembre de 2014 reunió en su sede a las organizaciones deportivas difundiendo una nota de prensa en la que informa que los subdirectores generales de Inspección y de Régimen Jurídico del CSD, Fernando Puig de la Bellacasa y Ramón Barba, respectivamente, informando a los asistentes sobre los requisitos que están obligados a cumplir de acuerdo a la mencionada norma.

Trasladándoles en la misma la configuración de obligaciones de publicidad activa que, a fecha de entrada en vigor de la citada Ley, las entidades afectadas tendrán que publicar dicha información en la sede electrónica o página web de forma clara, estructurada y entendible para los interesados; esta información tendrá que ofrecerse en formatos reutilizables y fácilmente accesibles. Entregando a los asistentes un texto explicativo de cómo había de aplicarse en las FFEE la ley de “Transparencia”, el que figura en el enlace

(http://www.iusport.es/documentos/OBLIGACIONES-DEPORTE-LEY-TRANSPARENCIA.pdf

Por si esto fuese poco, en 2015 el CSD, para aumentar (¿?) la transparencia de las FFEE publicó en el BOE el Código de Buen Gobierno para las FFEE comentado anteriormente; pues bien, a pesar de todo esto, el CSD no tiene el control del cumplimiento por parte de las FFEE de esta Ley, pasando la patata caliente de este cumplimiento al Consejo de Transparencia, que bastante tiene con atender las miles de reclamaciones que recibe ante la vulneración de esta Ley por las administraciones del país,

Desde la entrada en vigor de la Ley, esta ha sido incumplida por la RFEV, la que, a sabiendas que ningún organismo lo controlaría, haciendo de ella con ella de su capa un sayo, siguiendo en estos momentos, como vemos, incumpliéndola,

J.F.M.J.O.